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¿Tuya, mía o nuestra? La ley sobre sopladores de hojas y responsabilidad vecinal

¿Tuya, mía o nuestra? La ley sobre sopladores de hojas y responsabilidad vecinal

Los sonidos del otoño incluyen pájaros migratorios, bandas locales y el zumbido inconfundible de los sopladores de hojas, mientras vecinos o paisajistas limpian jardines a toda velocidad.

La ley es clara: las hojas caídas en tu propiedad son tu responsabilidad, incluso si provienen del árbol del vecino. Se consideran un "producto natural" y no generan reclamos legales, aunque obstruyan canaletas o dañen el césped.

Incluso el propietario del árbol no responde por ellas. Casos como Lane v. W.J. Curry and Sons en Tennessee (2002), resuelto por la Corte Suprema estatal, clasifican hojas, ramitas y pequeñas ramas como molestias naturales sin dueño específico.

Pero, ¿qué ocurre si tu vecino las sopla hacia tu jardín? Siempre que no ingresen a tu propiedad (allanamiento), es un área gris regulada por códigos municipales o estatales. Consulta tu ayuntamiento o estatutos locales para conocer las normas.

Advertencia: soplar hojas a la calle obstruye drenajes y es ilegal en muchas ciudades, con multas de hasta $500 y/o seis meses de prisión.